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mayo  2, 2024

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El contrato de ajuste. Proyecciones para la integración regional

Por María Laura Rosa Vilardo


“Hoy en día se encuentra zanjada la discusión sobre si el contrato de ajuste es un contrato de trabajo o no. La mayoría de los autores estiman que se trata de un contrato de trabajo que debe su regulación a un estatuto particular, atento las particularidades del caso. El plenario “Pisani” (6/11/52) excluyó a los trabajadores marítimos de un régimen especial indemnizatorio por considerar no aplicables a ellos la legislación laboral común. Sin embargo en 2007, la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en una visión más actual del tema entendió que “el contrato de ajuste es un contrato con características particulares, ya que la concertación de cada uno de ellos constituye una nueva relación laboral por el plazo y las condiciones estipuladas en el contrato, con absoluta independencia de los anteriores o posteriores”.”

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Términos mencionados en esta doctrina: contrato, ajuste, trabajo, regulación, hidrovía, paraguay.

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